Las parejas de hecho en Euskadi

 

Como ya te comenté en una publicación anterior, no podemos encontrar unas normas estatales que regulen la figura de «la pareja de hecho». Para ello, es necesario que recurramos a la regulación que han realizado las comunidades autónomas en tal sentido.
En esta publicación, te destaco las cuestiones más importantes de cara a la regulación de las parejas de hecho en el País Vasco que, en cierto modo, es distinta a la normativa de Cataluña o de la Comunidad de Madrid en esta materia. Empecemos…

¿Qué es una pareja de hecho?

¿No sabes qué es una pareja de hecho y quieres saberlo? Antes de seguir leyendo esta publicación, te invito a que leas esta publicación anterior donde te explico los aspectos básicos de las parejas de hecho en España.

¿Qué tengo que hacer para ser pareja de hecho en el País Vasco?

Cada vez son más las parejas que están interesadas en formar una pareja de hecho. Si estás preguntándote cómo hacerte pareja de hecho y vives en Euskadi, es importante que conozcas que:
– Ambos miembros de la pareja tenéis que acudir presencialmente al Registro de Parejas de hecho de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
– Los o las dos tenéis que manifestar (o decir en el Registro) que:
  • Tenéis la intención de formar una pareja de hecho,
  • Reunís los requisitos para ello y,
  • Sabéis qué implica estar registrados como pareja de hecho en nuestra comunidad autónoma.

¿Qué requisitos hay que cumplir para ser pareja de hecho según la normativa vasca?

Sí, has leído bien. Para ser pareja de hecho en Euskadi es importante que tú y tu pareja cumpláis con los requisitos que prevé la norma. En concreto, los requisitos que se recogen en Ley 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de hecho.

¿Qué es la pareja de hecho para la norma vasca?

De cara a la ley vasca de parejas de hecho, «se considera pareja de hecho a la resultante de la unión libre de dos personas, mayores de edad o menores emancipadas, con plena capacidad, que no sean parientes por consanguinidad o adopción en línea recta o por consanguinidad en segundo grado colateral y que se encuentren ligadas por una relación afectivo-sexual, sean del mismo o distinto sexo». En otras palabras, una pareja de hecho deben reunir las siguientes condiciones:
  • Formar unión o vínculo formado de manera entre dos (no más) personas cualquiera que sea su sexo.
  • Los o las dos miembros de la pareja deben ser mayores de edad o tener concedida la emancipación en cualquiera de las formas previstas por el Código Civil.
  • Tener plena capacidad jurídica, es decir, tener facultad plena para ser titular de derechos y obligaciones.
No te preocupes por este requisito. Sé que es muy técnico. Quédate con que, como norma general, todas las personas tenemos plena capacidad jurídica y por tanto, lo cumplimos con éxito.
  • Que no haya una relación de parentesco (Regulación de las relaciones de parentesco en el Código Civil) entre quienes queréis formar la pareja de hecho.
  • Estar ligadas afectivo-sexualmente.

La vecindad civil vasca o foral como requisito para ser pareja de hecho en el País Vasco

Además de los anteriores, es esencial que uno o una de las integrantes de la pareja de hecho tengáis vecindad civil vasca.
¿No sabes qué es la vecindad civil? ¿Quieres saber si tienes la vecindad civil vasca? Repasa esta publicación en la que detallo qué es y cómo puedes conocer cuál es tu vecindad civil.

¿Qué documentación tengo que presentar para ser pareja de hecho?

Sí, al igual que en los casos en las que dos personas quieren casarse, formar una pareja de hecho e inscribiros como tal requiere que presentéis algunos documentos en el Registro de Parejas de Hecho antes de que os inscribáis como tal en Euskadi.

Identificación en el Registro de Parejas de Hecho

Lo primero de todo es que tú y tu pareja indiquéis vuestros nombres y vuestros apellidos. Además, para comprobarlo, os pedirán que tú y tu pareja os identifiquéis. Cada uno de vosotros o vosotras podéis utilizar:
  • El DNI,
  • Si sois nacionales de otro país de la Unión Europea, el pasaporte o documento de identidad de vuestro país de origen o,
  • La Tarjeta de Identidad de Extranjero, que es donde figura el NIE.
Recordad que cualquiera que sea el documento que utilicéis para identificaros debe estar en vigor a la hora de hacer la solicitud.

Rellenar un formulario normalizado y documentos

Además de vuestro DNI, NIE o pasaporte tendréis que rellenar un formulario donde tendréis que indicar cuestiones como vuestra fecha de nacimiento, vuestra nacionalidad o nacionalidades, estado civil, lugar donde habeís fijado vuestro domicilio, vecindad civil…
De todo esto necesitaréis presentar documentos tales como:
  •  El Certificado de nacimiento (Pincha en el enlace y usad Cl@ve Pin o certificado electrónico para descargarlo de forma gratuita) y,
  •  El Certificado de empadronamiento que podrás solicitar en el ayuntamiento del municipio donde vivís, ya sea presencial, ya sea telemáticamente.
Si alguno/a de vosotros/as (o los/as dos) habéis obtenido la nacionalidad española, necesitaréis la Certificación de adquisición de la nacionalidad española. Podéis solicitarla en el enlace o acudir presencialmete al Registro Civil de donde vivís y solicitarla allí.

  Tenéis que firmar una declaración responsable

En adición a lo anterior, tendréis que realizar una declaración responsable cada uno de vosotras/os. En otras palabras, tendréis que firmar un documento en el que manifestáis bajo vuestra propia responsabilidad varias cuestiones:
  • Que cumplís con los requisitos que os he indicado arriba,
  • Que no formáis una pareja de hecho con otra persona, ni estáis ligadas en virtud de matrimonio con otra persona,
  • Que dais por buena la información que facilitáis al Registro de Parejas de Hecho y,
  • Que sabéis que implica estar inscritas como pareja de hecho (que tenéis ciertos derechos, que no os podéis inscribir en otra comunidad autónoma como tal, que podéis llegar a acuerdos que pueden dar lugar a un patrimonio común…).
Este formulario tendréis que presentarlo firmado indicando la fecha y el lugar donde presentáis la solicitud.

¿Dónde está el Registro de Parejas de Hecho de Euskadi?

Ya sabes que reunís todos los requisitos para ser pareja de hecho en el País Vasco y tenéis preparados todos los documentos, pero no sabes a dónde tienes que ir para hacer el papeleo, ¿verdad? No te preocupes. En la Comunidad del País Vasco hay un único Registro de Parejas de hecho con oficinas distribuidas en los distintos Territorios Históricos.
Por ejemplo, puedes presentarte en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana de Zuzenean del Gobierno vasco o, si no sabes dónde está y no quieres volverte loco/a, puedes acudir al ayuntamiento de tu municipio. Allí os dirán donde tenéis que ir.

¿Tenemos que hacer algo más para ser pareja de hecho en el País Vasco?

Pues sí. Antes de que el Registro de Parejas de Hecho en Euskadi haga la inscripción, os pedirán que acudáis a una comparecencia o reunión convocada en alguna de las oficinas de este Registro. Os dirán a cuál ir previamente y siempre se celebrará en aquella oficina más cercana a vuestra casa.
En esa reunión, tendréis que indicar nuevamente que queréis ser pareja de hecho y manifestar que reunís los requisitos para constituiros como tal (que queréis formalizar vuestra relación de esta manera, vaya) y que sois onocedores o conocedoras de los efectos que se derivan de la inscripción de la declaración de la constitución como pareja de hecho.
Más allá de lo que te he indicado en estos puntos, hay otras cuestiones que atañen a las parejas de hecho en Euskadi que creo que es importante que tengas en cuenta. Por esa razón he creado esta publicación acerca de cómo dejar de ser pareja de hecho en la comunidad autónoma vasca.
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